UTEM define proceso para autorizar la presencialidad en sus instalaciones
Autor: Constanza Valdivia Rossel|
Desde el inicio de la pandemia y el confinamiento en marzo de 2020, la UTEM ha adoptado todas las medidas a su alcance, para el resguardo de la salud de toda la comunidad universitaria, como así también de todas aquellas personas que se relacionan directamente con ella. De esta manera, se establecieron una serie de acciones de salubridad, higiene y administrativas, en consonancia con las resoluciones y actuaciones de la autoridad sanitaria del país.
Y siguiendo en esta misma línea de cuidado de nuestra comunidad, es que la Dirección de Desarrollo y Gestión de Personas, elaboró el documento Proceso para Autorizar la Presencialidad en las Instalaciones UTEM, el cual regula el procedimiento a través del cual se deberá solicitar la autorización para la asistencia personal de funcionarios y/o estudiantes a dependencias específicas en casos fundados y por un tiempo acotado, como excepción al protocolo de gestión y continuidad de servicio ante la contingencia sanitaria COVID-19.
Este Proceso para Autorizar la Presencialidad en las Instalaciones UTEM define lo siguiente:
- Generar Solicitud (vía formulario virtual o requerimiento escrito)
Elementos que se deben considerar al momento de generar la solicitud:
- Debe ser realizada y aprobada inicialmente por la autoridad máxima de la unidad que genera el requerimiento para la realización de actividades presenciales (Decano – Vicerrector).
- Considerar que las personas que asistan de manera presencial no se encuentren dentro de los grupos de mayor riesgo de presentar un cuadro grave de infección producto del covid-19, descrito por el Ministerio de Salud e incorporados en el art. 6 de la resolución N°484 de la Universidad.
- Todas las personas que asistan de forma física a las dependencias de la Universidad, deben haber realizado y aprobado dos cursos obligatorios de manera streaming: 1) Prevención del coronavirus y 2) Limpieza y desinfección de ambientes frente al covid-19.
- Cada unidad debe contar con su propio procedimiento específico en su espacio de trabajo, definiendo claramente las medidas de seguridad que implementará a modo de disminuir la probabilidad de contagio y propagación del virus, considerando y especificando como mínimo, las responsabilidades del equipo, el distanciamiento físico, el aforo, el lavado e higiene de manos, el uso obligatorio de mascarilla, el proceso de limpieza y desinfección de sus áreas de trabajo, y mecanismos de seguimiento y trazabilidad en caso de contagio, tomando como referencia el protocolo general de la Universidad y las respectivas modificaciones establecidas por los diferentes protocolos Ministeriales.
- Análisis de la solicitud
Se verificará la justificación de la necesidad y revisión de los antecedentes enviados en el requerimiento inicial, por parte de la Dirección de Administración y Dirección de Desarrollo y Gestión de Personas.
- Adaptación del lugar de trabajo
Una vez aceptada la solicitud de retorno presencial, se procederá con las adaptaciones correspondientes del lugar de trabajo entre el responsable de la unidad solicitante y la Dirección de Administración, donde se debe considerar entre otras cosas:
- La realización de una sanitización inicial del lugar de trabajo.
- Reforzar la medida anterior con tareas de limpieza y desinfección y programación de estas tareas a futuro.
- Instalación de señalética, demarcaciones, elementos auxiliares, como instalación de acrílicos o barreras en los lugares de atención al público, dispensadores de alcohol gel, entre otros.
- Se deben proporcionar insumos y los elementos de protección personal necesarios para la ejecución de las tareas.
- Verificación de cumplimiento según formulario único de fiscalización de medidas preventivas para el covid-19.
- Ingreso a los Campus
Todas las personas autorizadas que acudan a los lugares de trabajo, deberán auto evaluarse en sus domicilios comprobando la presencia de cualquiera de los siguientes síntomas: fiebre >37,8ºC, tos seca, dolor de garganta, dificultad para respirar, pérdida de olfato y gusto. En caso de ser así, no deberán acudir. Igualmente, si los síntomas se presentan al interior de la Universidad, deberán salir del edificio inmediatamente evitando entrar en contacto con otras personas. Se deberá dar aviso de ambas circunstancias a su jefatura directa.
Con respecto al control de acceso, todos los auxiliares de portería deben dar cumplimiento a lo establecido en el protocolo específico de su área, donde se establece entre otras cosas lo siguiente:
- Al iniciar su turno equiparse con los Elemento de Protección Personal (EPP) uso obligatorio de mascarilla y protector facial.
- Mantener distancia mínima de 1 metro con las personas que ingresan.
- El saludo se realizará sólo de forma verbal.
- Verificar que toda persona que ingrese al edificio haga uso de mascarilla. En caso de no contar con ella facilitar por única vez.
- Realizar control de temperatura con termómetro infrarrojo, podrá hacer ingreso toda persona que registre temperatura menor a 37.8°C
- Posterior al control de temperatura, el portero/a deberá requerir a toda persona que haga ingreso al edificio, que realice la higienización de manos, señalando la ubicación del dispensador del alcohol gel ubicado al ingreso de cada edificio.
- El auxiliar de portería deberá realizar regularmente la higienización de manos, en caso de que tenga contacto con manillas de puertas u objetos que sean de uso común (cada 3 o 4 usos de alcohol gel, deberá realizar el lavado de manos con agua y jabón).
- Evitar aglomeración de personas en el acceso.
- En el caso que tenga contacto con una persona que presente síntomas, avisar a su jefatura directa.
- Reforzar ventilación de porterías.
- Avisar a su jefatura, cuando sea necesaria la reposición de alcohol gel en los accesos o EPP.
- Los auxiliares de portería deberán realizar la limpieza y desinfección de sus espacios y artículos de uso común (artículos de oficina y dispositivos electrónicos), reforzando esta acción antes del cambio de turno, para la realización de esta acción se debe cumplir con el protocolo de limpieza y desinfección.
- Proceso documental (informar)
Al momento de reiniciar un retorno gradual de actividades presenciales, se deberá informar a la Seremi de Salud respectiva y a los jefes de división de educación superior universitaria, en virtud de lo planteado por los oficios N° 2464, 2838, 2145 del Ministerio de Educación.
- Auditorías
Se establecerán procesos de auditorías, respecto al cumplimiento de todas las medidas sanitarias para la prevención del contagio y propagación del covid-19 a las unidades que sean autorizadas. Esta acción podrá ser ejecutada por la Unidad de Prevención de Riesgos, los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de cada Campus, Mutual de Seguridad.