UTEM envió al MINEDUC propuesta de mecanismo de participación y corresponsabilidad del Estado
Autor: Constanza Valdivia Rossel|
Luego de un comprometido trabajo por parte de los diferentes estamentos institucionales y grupos de interés, la Universidad Tecnológica Metropolitana presentó oficialmente al Presidente de la República, por medio del Ministerio de Educación, la propuesta de “Mecanismo permanente de participación y corresponsabilidad del Estado”, conforme al artículo 1° transitorio de la Ley 21.094.
Este acontecimiento se enmarca en el artículo mencionado anteriormente, que establece que las universidades estatales cuyos estatutos hayan sido dictados después del 11 de marzo de 1990, como la UTEM, no tendrán la obligación de adecuarlos al Título II de la ley, en la medida que propongan al Presidente de la República, un mecanismo que asegure la participación y la corresponsabilidad del Estado en la aprobación del Plan de Desarrollo Institucional y presupuesto de la Universidad.
De acuerdo a lo señalado en el oficio 48, “a la universidad le resulta aplicable la normativa, ya que establece una regulación adicional a la establecida en otros cuerpos legales, (…) creando un marco jurídico que permite fortalecer los estándares de calidad académica y de gestión institucional; así como también contribuir al desarrollo integral del país en conformidad a la especificidad de la misión, funciones y principios que fundamentan y dirigen el quehacer de las instituciones de educación superior”.
Para tales efectos, el reglamento aprobado en el caso del Plan de Desarrollo Institucional, estableció la presentación de un informe ante el Consejo Superior que contenga un análisis cuantitativo y cualitativo sobre el cumplimiento de las metas universitarias, identificación de obstaculizadores y facilitadores del proceso, y otros elementos necesarios de incorporar sobre la marcha institucional. En cuanto al presupuesto, estableció el pronunciamiento del cuerpo colegiado de manera que el informe sirva para la gestión financiera y la adopción de una posición activa en decisiones que permita utilizar los recursos de forma eficaz y eficiente.
Cabe destacar que, en ambos casos, se contempla la posibilidad de conformar instancias formales de seguimiento, integrados por miembros del órgano colegiado de más alta jerarquía y miembros de la comunidad universitaria, con la idea de mitigar eventuales asimetrías de información y regular las buenas prácticas que se vienen ejecutando.
Por ello, el mismo oficio destacó que el proceso de elaboración del mentado reglamento se llevó a cabo con publicidad y participación de toda la comunidad universitaria, considerando las instancias de conversación y trabajo sostenidas con los cuerpos colegiados, asociaciones gremiales, mesas de trabajo triestamentales, entre otras acciones. “En suma, se satisfacen las exigencias de la Ley 21.094 y sus artículos transitorios, en concreto, por haber generado el mecanismo de participación y corresponsabilidad del Estado mediante un proceso público y participativo, que fue aprobada por el órgano de mayor jerarquía de la UTEM”.
El proceso participativo
Un primer acercamiento al contenido de la Ley 21.094 fue llevado a cabo por el denominado “Comité rectoral”, integrado por personal académico y no académico, que redactó un informe con recomendaciones entre las que destacan: generar mecanismo que asegure participación y corresponsabilidad del Estado en Plan de Desarrollo Institucional y presupuesto universitario; contar con un reglamento dictado por el Consejo Superior; establecer un procedimiento público, participativo y triestamental; e incluir, entre las modificaciones estatutarias, mecanismos de triestamentalidad y responsabilidad administrativa de los consejeros superiores.
De forma paralela, diversos integrantes de la comunidad universitaria reunidos en un grupo de trabajo denominado MeTA, analizó el contenido de la Ley 21.094 arribando a conclusiones similares en orden a la generación de un mecanismo permanente de participación y corresponsabilidad del Estado en la aprobación del Plan de Desarrollo Institucional y del presupuesto universitario.
“Propuesta de proceso triestamental de cambio de estatutos Universidad Tecnológica Metropolitana” fue el nombre del documento que entregaron las y los representantes de estamento académico, administrativo y estudiantil, el cual, junto al informe ejecutivo mencionado anteriormente, sentaron las bases para el diálogo comunitario en la “Mesa de Trabajo triestamental”, donde estuvieron representados los estamentos durante las más de ocho sesiones.
Posteriormente, teniendo en consideración ambas iniciativas y sus resultados, se daría inicio al proceso participativo cuando el rector, Luis Pinto Faverio, compartió estas conclusiones con representantes de las asociaciones de académicos, no académicos y Federación de Estudiantes.
Asimismo, se realizaron reuniones de trabajo con el Consejo Académico, compuesto por los Decanos de las cinco facultades y representantes de los estudiantes; con los consejos de facultad; y con las asociaciones gremiales ANFUTEM, ANFUTEM 2.0, AFAUTEM y SHUTEM, destacando como hito importante, el desarrollo del “Primer Conversatorio UTEM sobre la Ley N°21.094”, donde participaron las asociaciones mencionadas anteriormente y la Federación de Estudiantes.
Luego de sustanciales reuniones al interior de la comunidad universitaria durante diez meses, se llegó de manera consensuada a los acuerdos expresados en la creación de la Comisión de Reforma de Estatutos UTEM, caracterizada por la paridad de género entre sus integrantes, obteniendo una distribución representativa de los grupos de interés y los diferentes objetivos planteados para la comisión. Esta comisión sesionó, principalmente, de forma remota debido a la crisis sanitaria provocada por la Covid-19, dificultad que no impidió un resultado satisfactorio para el objetivo final.